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Información Económica

Grupo Ceperic16 S.L.L. cumple con sus obligaciones de presentación de las cuentas anuales en el registro mercantil, donde están disponibles para el publico.

Según se especifica en el artículo 263 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, Artículo 263. Auditor de cuentas.

  1. Las cuentas anuales y, en su caso, el informe de gestión deberá ser revisados por auditor de cuentas.
  2. Se exceptúa de esta obligación a las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
    1. Que el total de las partidas del activo no supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros.
    2. Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los cinco millones setecientos mil euros.
    3. Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.

Grupo Ceperic16, S.L.L. no reúne ninguna de las circunstancias reflejadas en los apartados anteriores y por tanto no realiza auditoría de cuentas y de fiscalización por los órganos de control externo.

Fecha de actualización: 27 de marzo de 2024

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